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Para: Gobernador de Córdoba, Juan Schiaretti

Cumplimiento de Ley de Bosques, Capilla del Monte

Estimado Gobernador: es fundamental el total cumplimiento de la Ley de Bosques, ésta establece que las provincias deberán realizar el ordenamiento territorial de sus bosques nativos (OTBN) a través de un proceso participativo, que categoriza los usos posibles para las tierras boscosas: desde la conservación hasta la posibilidad de transformación para la agricultura, pasando por el uso sustentable del bosque.
Así se zonifican los bosques en tres categorías: I, II y III.
Categoría I (rojo); sectores de muy alto valor de conservación que NO deben desmontarse ni utilizarse para la extracción de madera y que deben mantenerse como bosque para siempre.

Categoría II (amarillo); sectores de alto o medio valor de conservación, que pueden estar degradados pero que si se los restaura pueden tener un valor alto de conservación.

Categoría III (verde); sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad, con la previa realización de una Evaluación de Impacto Ambiental.

¿Por qué es importante?

Residentes de Capilla del Monte encontraron a un oso melero muerto en el mismo lugar donde detectaron la presencia de maquinaria de obra pesada.

La obra no contaba con la correspondiente habilitación ambiental y se estaba realizando en zona roja, protegida por el mapa de la actual Ley de Bosques.

Capilla del Monte, Córdoba, Argentina

Maps © Stamen; Data © OSM and contributors, ODbL

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2018-02-06 13:50:07 -0300

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