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Para: Al gobernador de Santa Cruz, Daniel Peralta y juzgados de Capital Federal

No a la venta del lote 152 frente al glaciar Perito Moreno

Prohibir la venta usufructo y a fines de predios incluidos dentro de un Parque Nacional declarado por decreto Provincial y Nacional que viola los mismos respectivamente a los años 1937/1942/1945 : En 1937, a través del Decreto Nº 105.433, se fijó para distintos territorios en la Patagonia andina la condición de Reservas con destino a la posterior creación de Parques Nacionales. Uno de estos territorios fue el de la Reserva de los Glaciares. En septiembre del año 1942, la Presidencia de la Nación, por Decreto Nº 129.433, amplió el margen costero de la Reserva sobre el Canal de los Témpanos y la costa Norte del Lago Rico.

Años más tarde, en abril de 1945, el Decreto Ley Nº 9504, ratificado por la Ley Nº 13.895, declaró Parque Nacional a varias reservas y entre ellas la Reserva Los Glaciares, la cual, a partir de ese momento, asumía la categoría de Parque Nacional.

¿Por qué es importante?

Porque es una reserva natural Nacional e Internacional desde su interés, que no debe admitir derecho alguno a modificaciones dentro del área de "Parque Nacional de los Glaciares "Argentina, porque al modificar el área, los impactos ambientales ya serían modificados,...y muchos menos debe ser concediido el usufructo de aledaños a reservas tales como ésta(ni n inguna otra),muchísimo menos por movimientos políticos. En nombre de el Willinki (porque every human activity impact SO DIRECT to nature)es decir porque cada nueva actividad humana modifica el medio ambiente(lamentablemente para su destrucción/extinción : desparición)debemos preservar y conservar los espacios naturales por leyes NATURALES!(http://buscon.rae.es/drae/srv/search?id=DQcX19Xd2DXX2Mw3YpjO )

Argentina

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2015-09-02 22:25:29 -0300

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2015-08-07 11:04:52 -0300

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