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Para: Alcalde de San José de Cúcuta, César O. Rojas Ayala

Zonas verdes de tolerancia para los consumidores de cannabis - Colombia

Estimado Alcalde: somos una sociedad que tenemos derecho a gozar de un ambiente sano y a desarrollar la libre personalidad y libre expresión siempre y cuando no se le haga daño a otra persona.
Por esta razón queremos pedirles que culturicemos a la sociedad restaurando "Parque Playa", con zonas verdes donde se tolere fumar cannabis para no incomodar a las sociedades de los diferentes sectores ya que ese parque está en mal estado, alejado de la población y abandonado, siempre y cuando también se coloque cierta seguridad por parte del estado para que no se convierta en un lugar peligroso si no que demuestre que las personas que consumen cannabis no son malas personas por fumarla, al contrario son personas educadas, respetuosas, dedicadas, inteligentes y responsables, entre otros valores y cualidades que no se han visto alteradas por fumar.

¿Por qué es importante?

Porque se sabe que a la sociedad le molesta el olor a cannabis, no le gusta ver a nadie fumando, entonces sería bueno crear una zona verde (prado, árboles, entre otras) para que la gente tenga la libertad de fumar en un lugar tranquilo y seguro sin necesidad de molestar e incomodar a la sociedad, teniendo en cuenta que este lugar sólo será para parchar, donde no se podrá vender ni comercializar con esta planta ni otras sustancias.

Cúcuta, Norte de Santander, Colombia

Maps © Stamen; Data © OSM and contributors, ODbL

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Actualizaciones

2016-09-06 18:51:04 -0300

En algo sí toca ser claros y es que la posesión de SPA es legal solo cuando se trata de consumo personal. ¿Pero qué es consumo personal, o dosis mínima? Depende de la sustancia. El artículo 2 º de la ley 30 de 1986 la define como "la cantidad de estupefaciente que una persona porta o conserva para su propio consumo". Obviamente los consumos personales pueden variar un montón, por eso es que la sentencia deja clara las dosis para algunas sustancias: que la dosis de marihuana no exceda los 20 gramos, que la de hachís no exceda los cinco gramos, la de Metacualona los dos gramos y que la de cocaína, o cualquier sustancia a base de cocaína, no se pase del gramo. En esto sí son muy claros "no es dosis para uso personal el estupefaciente que la persona lleve consigo cuando tenga como fin su distribución o venta, cualquiera que sea su cantidad", es decir, lo que no te vayas a meter tú es razón para que te judicialicen, así que pilas.

2016-08-27 15:14:27 -0300

La autora del libro The Official High Times Cookbook, recetario de la revista marihuanera estadounidense High Times, afirma que "comer cannabis puede causar relajación, sensaciones físicas agradables y un sueño reparador, pero si te pasas puedes sufrir ataques de pánico y desorientación". Otros posibles efectos no deseados para quienes tomen cantidades excesivas son las bajadas de tensión, los mareos, los vómitos, la ansiedad o las taquicardias.

2016-08-27 14:51:22 -0300

http://internacional.elpais.com/internacional/2016/06/28/colombia/1467123600_594051.html

2016-08-26 20:56:47 -0300

100 firmas alcanzadas

2016-08-25 21:32:20 -0300

50 firmas alcanzadas

2016-08-25 18:34:28 -0300

25 firmas alcanzadas

2016-08-25 16:57:57 -0300

https://www.facebook.com/MarihuanaImagenes/photos/a.105379419585359.6911.102941223162512/939606759495950/?type=3&theater

2016-08-25 16:17:59 -0300

10 firmas alcanzadas