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Para: Secretario de Medio Ambiente, César Mackler

Erradicar el horno incinerador y el relleno de residuos peligrosos de Pto. Gral. S Martín

Estimado Secretario: todos los vecinos firmamos y dijimos "NO al relleno y la incineración de residuos peligrosos" y logramos se sancione la ordenanza.

Hoy, por medio de una resolución que va en contra del querer popular, la Secretaría a su cargo aprueba el funcionamiento de Pelco S.A. (ex Termosan) la cual tiene un Horno Incinerador de Residuos Peligrosos en funcionamiento y ahora instala un Relleno en terrenos con una superficie de dos hectáreas.

Hace dos meses que lleva enterrando los residuos peligrosos que genera la incineración y otros que vienen de todo el país contaminando la región.

Por favor, evite que esto avance.
Ya sabemos las consecuencias que esto puede causar, tanto a nosotros como a nuestros hijos y a futuras generaciones.
Si esto no se detiene, traerán a nuestra ciudad para quemar y enterrar los residuos tóxicos de todo el país, provocando muchos problemas de salud, entre ellos el cáncer, y en muchos casos la muerte.

Los residuos peligrosos necesitan ser “tratados correctamente y evitados en la producción”, pero consideramos que los métodos utilizados por Pelco S.A. no son los adecuados para el tratamiento y que los establecimientos de esta empresa se encuentran ubicados a una distancia muy peligrosa por su cercanía a los ejidos urbanos de varias localidades poniendo en riesgo la salud de los ciudadanos de la zona.

También, estamos alertados por el tránsito de camiones cargados con estos residuos peligrosos frente a nuestras casa, que sin dudas irá aumentando y generará una gran incertidumbre por los posibles derrames y accidentes, los cuales pueden causar graves problemas a los vecinos. Estos camiones circulan por zonas urbanas y es es imposible que tomen otro recorrido ya que no existe otra forma de llegar al horno incinerador y relleno de la empresa Pelco S.A. sin pasar por una zona urbana.

¿Por qué es importante?

YO QUIERO VIVIR DIGNAMENTE Y CUIDAR A MIS HIJOS DE ESTE ATROPELLO QUE SÓLO ES EL NEGOCIO DE UNOS POCOS, ¡A COSTA DE ENFERMEDADES Y MUERTE!

La defensa de la vida y el medio ambiente depende de iniciativas del estado que procuren un desarrollo sustentable basado en producción limpia, reciclado y reutilización de materiales residuales y buenos métodos de tratamiento de residuos.

No queremos ser el basurero tóxico de todo el país y la sociedad de Puerto Gral. San Martín ya lo demostró logrando la aprobación de una ordenanza popular que prohíbe estos establecimientos.

También tenemos derechos

La Constitución Nacional en su Artículo 41 dice:
Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.

La Ordenanza 28/10 dice:
Art. 1) Prohíbase en todo el distrito y/o territorio de Puerto Gral. San Martín incluyendo las zonas industriales preexistentes, y las zonas industriales que puedan crearse en el futuro, la radicación de plantas de tratamiento de residuos peligrosos y/o plantas de disposición final de residuos peligrosos (sean enterrados o no) sean industriales y/o patológicos y/o sanitarios.
Art. 2) Prohíbase en todo el distrito y/o territorio de Puerto Gral. San Martín incluyendo las zonas industriales preexistentes, y las zonas industriales que puedan crearse en el futuro, la instalación, construcción y/o puesta en funcionamiento, de rellenos de seguridad de residuos peligrosos y/o sanitarios.
Art. 3) Prohíbase en todo el distrito y/o territorio de Puerto Gral. San Martín incluyendo las zonas industriales preexistentes, y las zonas industriales que puedan crearse en el futuro, la instalación, construcción y/o puesta en funcionamiento, de plantas de incineración de peligrosos sean estos industriales y/o patológicos y/o patogénicos y/o sanitarios.

Puerto General San Martin, Santa Fe, Argentina

Maps © Stamen; Data © OSM and contributors, ODbL

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